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Existen plásticos que son mucho más complicados a la hora de reciclarse, pero que gracias a las nuevas tecnologías se está estudiando que éstos puedan tener una segunda vida. Es el caso de los plásticos como los envases de comida, alimentación, la espuma de los colchones o también piezas de automóviles reforzadas con fibra. La mayoría de las veces estos plásticos cuando su vida útil termina pasan a ser incinerados o terminan en vertederos, pero con estas nuevas estrategias, el objetivo es crear un nuevo producto a través de ellos.

Es evidente que los residuos plásticos son de las más grandes preocupaciones medioambientales que existen. Y es que alrededor de 60 millones de toneladas de plásticos se producen en Europa, pero sólo se recicla un 30%. Son cifras que dan miedo. Además de que, de todos los desechos de plásticos, casi un 80% termina en los vertederos o como basura en la naturaleza.

La Comisión Europea recientemente ha lanzado nuevas medidas que deberían de ayudar a hacer que el plástico sea más sostenible. El principal objetivo de estas estrategias es abordar el problema del plástico mediante el conocimiento de cómo se diseñan, se usan y se reciclan todos los productos de plástico. Las medidas concretas sobre los productos de plástico de un solo uso se desarrollan en la incorporación a nuestro ordenamiento jurídico de la Directiva (UE) 2019/904 relativa a la reducción del impacto de determinados productos de plástico en el medio ambiente según la Ley 7/2022, de 8 de Abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.

Se establece el siguiente calendario de reducción de la comercialización:

  1. a) En 2026, se ha de conseguir una reducción del 50 % en peso, con respecto a 2022.
    b) En 2030, se ha de conseguir una reducción del 70 % en peso, con respecto a 2022.
    c) A partir del 1 de enero de 2023, se deberá cobrar un precio por cada uno de estos productos de plástico, diferenciándolo en el ticket de venta.

Este calendario es para los siguientes productos de plástico de un solo uso (Anexo IV, parte A):

1) Vasos para bebidas, incluidos sus tapas y tapones.
2) Recipientes para alimentos, tales como cajas, con o sin tapa, utilizados con el fin de contener alimentos que:

  • Están destinados al consumo inmediato, in situ o para llevar.
  • Normalmente se consumen en el propio recipiente.
  • Están listos para el consumo sin ninguna otra preparación posterior, como cocinar, hervir o calentar, incluidos los recipientes para alimentos utilizados para comida rápida u otros alimentos listos para su consumo inmediato, excepto los recipientes para bebidas, los platos y los envases y envoltorios que contienen alimentos.

Desde el 10 de abril de 2022 queda prohibida la introducción en el mercado de:

  1. a) Productos de plástico siguientes (apartado B del anexo IV):
  • Bastoncillos de algodón, excepto si entran en el ámbito de aplicación del Real Decreto 1591/2009 por el que se regulan los productos sanitarios.
  • Cubiertos (tenedores, cuchillos, cucharas, palillos).
  • Platos.
  • Pajitas, excepto si entran en el ámbito de aplicación del Real Decreto 1591/2009 por el que se regulan los productos sanitarios.
  • Agitadores de bebidas.
  • Palitos destinados a sujetar e ir unidos a globos, con excepción de los globos para usos y aplicaciones industriales y profesionales que no se distribuyen a los consumidores, incluidos los mecanismos de esos palitos.
  • Recipientes para alimentos mencionados en el apartado A.2 del Anexo IV (vistos en el punto 1) hechos de poliestireno expandido.
  • Los recipientes para bebidas hechos de poliestireno expandido, incluidos sus tapas y tapones. Los vasos para bebidas hechos de poliestireno expandido, incluidos sus tapas y tapones.
  1. b) Cualquier producto de plástico fabricado con plástico oxodegradable. (son materiales plásticos que incluyen aditivos los cuales, mediante oxidación, provocan la fragmentación del material plástico en microfragmentos o su descomposición química).
  2. c) Microesferas de plástico de menos de 5 milímetros añadidas intencionadamente. También se debe cumplir con lo previsto en el Anexo XVII del Reglamento (CE) n.º 1907/2006 (Reglamento REACH) sobre restricciones a la fabricación, la comercialización y el uso de determinadas sustancias, mezclas y artículos peligrosos.

Al final, lo importante es ir creando más conciencia sobre la gestión de residuos de plásticos. Las cifras con abrumadoras, casi el 40% del plástico que se produce es para empaquetado, pues éste no se recicla nunca, siempre termina como desecho.

Este tipo de material que se utiliza para el embalaje está compuesto por varios tipos de plástico, por lo que a la hora de reciclarlo se dificulta la tarea. La mayoría de comida fresca, como son el pescado, carnes y embutidos, están siempre envueltos por muchos plásticos, como, por ejemplo: bandejas, tapaderas, embalajes, capas de plástico, etc. La mayor complicación de todo esto es que a la hora de reciclarlo se deben separar los distintos plásticos, porque si no en el proceso de reciclaje no se mezclan bien. Lo que conlleva a que sea un procedimiento caro y que consuma mucho tiempo. Al final, la mayoría de estos artículos no se terminan reciclando.

A día de hoy existen varios proyectos y estudios en marcha, que, con la ayuda de las nuevas tecnologías relacionadas con el reciclaje, están viendo si es viable darles una segunda vida a estos plásticos. El mundo de la gestión de residuos es complicado, ya que no siempre se trata con materiales fáciles de reciclar.

En IRMASOL Andalucía S.A. intentamos estar siempre al tanto de nuevas maneras de reciclaje, porque nuestro mayor compromiso es la gestión de residuos.